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Impartición de justicia pronta y expedita a través de internet: el Juicio en Línea del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El mandato constitucional de impartición de justicia pronta y expedita ha tomado una nueva dimensión con la adopción de las tecnologías de información y las comunicaciones.

El Juicio en Línea[1] del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se convirtió en la primer herramienta en México que permite que los que los juicios contencioso administrativos, de principio a fin, sean tramitados a través de internet. Dicha herramienta está disponible desde el pasado 07 de agosto de 2011 a través de la dirección de internet www.juicioenlinea.gob.mx. El sitio se encuentra dividido en dos grandes apartados: el primero de ellos compuesto por una botonera de funciones generales disponibles para todo el público, y el segundo que consiste en un espacio para ingresar al Sistema, a través del cual es posible presentar demandas, promociones y consultar expedientes, procedimientos que a continuación se describen.

La presentación de demandas en línea. Existen dos reglas para que los juicios contencioso administrativo puedan ser sustanciados en línea, la primera de ellas se refiere a la opción que tienen los particulares para presentar sus demandas en línea y la segunda a la obligación que tienen las autoridades para que las demandas que se presenten ante el Tribunal necesariamente se presenten a través de internet.

Para presentar demandas en línea solo se requiere de una clave de acceso y contraseña para ingresar al Sistema de Justicia en Línea la cual es proporcionada a personas físicas en los Módulos de Registro que el Tribunal ha instaurado[2] y la firma electrónica avanza o la e.firma vigente quien legalmente debe firmar la demanda de que se trate, la cual es proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria.

El procedimiento consta de doce pasos. En los primeros de ellos se indican los datos del actor, de la resolución impugnada, del tercero interesado y de las personas que se autorizan para consultar el expediente que sea generado con motivo de dicha demanda. Posteriormente, será momento de adjuntar el archivo electrónico que contenga el escrito u oficio de la demanda y se firma electrónicamente; acto seguido deben adjuntarse los archivos anexos a la demanda, los que también deben firmarse electrónicamente. Enseguida se presenta un apartado, para que en caso de así requerirlo, sean registrados los datos de las pruebas no documentales. Finalmente, la herramienta mostrará una vista preliminar de la demanda, y de no ser necesaria ninguna corrección, el usuario acepta los términos y condiciones de uso y envía su demanda, con lo cual se genera un acuse que ampara el envío de dicha demanda.

Con dicho escrito de demanda se forma un expediente electrónico al que solamente tienen acceso las partes del juicio y las personas que sean autorizadas por cada una de ellas.

Una vez que la demanda es recibida en la bandeja de entrada del secretario de acuerdos que por turno conocerá de la demanda, realizará la tramitación del mismo con base en las reglas adjetivas que son aplicables para los juicios que se presentan en medios impresos.

La presentación de promociones en línea. Para la presentación de promociones distintas a la demanda[3] es necesario que el promovente cuente con una clave de acceso y una contraseña del Sistema de Justicia en Línea,  la e.firma vigente del promovente y el número de expediente en el que desea que su promoción sea ingresada.

El procedimiento es muy similar al de registro de demanda con la diferencia de que en primer lugar será necesario ingresar el número de expediente al que se desea ingresar la promoción, posterior a ello será necesario registrar los datos del promovente, adjuntar el archivo de la promoción y firmarlo, adjuntar los anexos de la promoción y firmarlos, para finalmente enviarla. De igual manera se emitirá un acuse que ampare el envío en el que conste la hora de recepción de la promoción de que se trate.

La consulta de expedientes electrónicos. La consulta de expedientes electrónicos solo puede realizarse a través de una clave de acceso y una contraseña, ingresando el número de expediente de que se trate y solo se concederá permiso de consulta a las partes y las personas que así estén autorizadas, tal y como sucede a apersonarse en las oficinas del Tribunal para consultar un expediente tradicional.

En los más de cuatro años de operación del juicio en línea, las ventajas del Juicio en Línea pueden resumirse en ahorro de papel pues no las demandas, las promociones, y las actuaciones jurisdiccionales son electrónicas; ahorro de tiempo de las partes en el traslado para la presentación de demandas y promociones y en la consulta de expediente; los expedientes pueden consultarse las 24 horas de todos los días del año; las notificaciones se han vuelto más ágiles, pues ahora solamente se envía un correo electrónico a la parte a notificar, quien cuenta con tres días hábiles para ingresar al Sistema y notificarse del asunto de que se trate, cuyo efecto es que la conclusión de los juicios se realice en un menor tiempo[4].

Finalmente, es importante destacar que en aquéllos casos en los que las partes presenten un Juicio de Amparo o un Recurso de Revisión, resulta necesaria la impresión y certificación por parte del personal del Tribunal de las actuaciones jurisdiccionales para ser remitidas a la instancia judicial correspondiente. El siguiente paso para el Juicio en Línea es lograr la interoperabilidad con la siguiente instancia de conocimiento, esto es, con los Tribunales Colegiados de Circuito, logrando con ello que la sustanciación de los subsecuentes procedimientos también se realicen en línea con auxilio total de las tecnologías de la información y las comunicaciones.


 

[1] El Juicio en Línea tuvo su origen en la reforma realizada a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2009.

[2] Ver https://www.juicioenlinea.gob.mx/portalexterno/faces/pages/seguridad/login2.jspx?_adf.ctrl-state=1b8btum377_4

[3] Las promociones son todos aquéllos escritos u oficios que presentan las partes para el desahogo del juicio de que se trate, por ejemplo la contestación de la demanda, la ampliación de la demanda, la contestación de la ampliación de la demanda, los alegatos, entre otros.

[4] En 2007 el promedio para la sustanciación y resolución de juicio fue de 1,327 días hábiles, esto es, 3 años, nueve meses y 7 días, sin embargo, el primer juicio en línea se resolvió en tan solo seis meses. Cabe destacar que también la agilidad para la sustanciación de juicio se debe a la sustanciación de juicios sumarios.

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