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Medidas de Ley de Austeridad Republicana aplicadas a las TIC en México
Medidas de Ley de Austeridad Republicana aplicadas a las TIC en México

Medidas de Ley de Austeridad Republicana aplicadas a las TIC en México

El pasado 3 de diciembre la Oficina de la Presidencia de la República emitió un comunicado de la Coordinación de Estrategia Digital Nacional en el que plantea las nuevas medidas para la Ley de Austeridad Republicana aplicadas a las TIC en nuestro país. 

Dicho documento, firmado por Carlos Emiliano Calderón Mercado, Coordinador de la Estrategia Digital Nacional, fue dirigido a los titulares de las direcciones de Tecnologías de la Información y Comunicación o equivalentes, a las dependencias, las entidades de administración pública federal y a empresas productivas del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley Federal de Austeridad Republicana, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 19 de noviembre de 2019 en su segundo párrafo que dice:

“Las secretarías de Hacienda  y Crédito Público y de Función Pública, en sus respectivos ámbitos de competencia, emitirán los lineamientos para la adquisición de bienes y servicios de uso generalizado de los entes públicos, de manera consolidada, con objeto de obtener las mejores condiciones con relación a precio, calidad y oportunidad…”  

Los requerimientos de bienes y servicios de su área a cargo en materia TIC deberán observar en todo momento los procesos y tiempos que se determinen con miras a una consolidación, con la finalidad de adherirse en consonancia con la estandarización que de ellos se pongan a consideración.

Desde la visión de austeridad, se considera que, en gobiernos anteriores, las contrataciones en materia TIC tuvieron un incremento sustancial, se privilegió la administración de contratos y, por tanto, se propició la falta de habilidades, conocimientos y capacidad del Gobierno de resolver por sí mismo la implantación, operación y solución de sus deberes diarios; la Ley Federal de Austeridad Republicana resuelve lo anterior estableciendo en su fracción V, artículo 12° que:

“La contratación de servicios de consultoría, asesoría y de todo tipo de despachos externos para elaborar estudios, investigaciones, proyectos de ley, planes de desarrollo, o cualquier otro tipo de análisis y recomendaciones, se realizará exclusivamente cuando las personas físicas o morales que presten los servicios no desempeñen funciones similares, iguales o equivalentes a las del personal de la plaza presupuestaria, no puedan realizarse con la fuerza de trabajo y capacidad profesional de los servidores públicos…” 

Asimismo, el artículo 16° de la ley antes señalada establece que son medidas de austeridad republicana, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes:

“III. Las adquisiciones y arrendamientos de equipos y sistemas de cómputo se realizarán previa justificación, con base en planes de modernización y priorizando el uso de software libre, siempre y cuando cumpla con las características requeridas para el ejercicio de las funciones públicas;”

A través del comunicado, se solicita apegarse de manera irrestricta a lo dispuesto en la normatividad antes citada, a fin de que en los procesos de contratación en materia TIC se privilegie el software libre y se fomente la autonomía tecnológica y los estándares abiertos. En caso de que se contraten servicios de desarrollo informático, se deberá asegurar la propiedad intelectual a favor del Gobierno y la posesión del código fuente. 

Lo anterior con el objetivo de coadyuvar a que los recursos económicos próximos a disponer se administren con eficiencia, transparencia y honradez, conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

La circular se emitió en concordancia con las políticas que la Coordinación de Estrategia Digital Nacional ha impulsado y comunicado.

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